Sí*.
Según el artículo 94 de la Ley del IRPF, la declaración de los intereses capitalizados sigue el principio de “exigibilidad”. Tal y como también señala el artículo 94.1, los intereses no solo se entienden exigibles cuando se cobren, o con la llegada la fecha de vencimiento señalada en la escritura o contrato para su liquidación/cobro, sino también, “cuando de otra forma se reconozcan en cuenta, aun cuando el perceptor no reclame su cobro o los rendimientos se acumulen al principal de la operación (…)”.
En el caso de depósitos con plazos superiores a los 12 meses que capitalizan intereses, estos intereses deberán imputarse a cada uno de los periodos impositivos en que tenga lugar su reconocimiento en cuenta.
Si tienes un depósito a plazo superior a 12 meses con capitalización de intereses en el primer año o una cuenta de ahorro estos deberán imputarse en dicho periodo impositivo, con independencia de que no se produzca su cobro hasta la fecha de vencimiento del depósito.
Actualmente, los bancos colaboradores de Raisin que capitalizan intereses en depósitos de al menos 18 meses son:
- BankB
- Klarna Bank AB
- LHV Pank
- Morrow Bank AB
- Nordax Bank
- Resurs Bank
- Avarda (antes TF Bank)
- Younited
Puedes leer más información en las Hojas Informativas del Producto. También encontrarás esta información en la casilla Interés compuesto Sí/No disponible la Información del tipo de interés de cada producto.
*En Raisin no ofrecemos asesoramiento fiscal y no asumimos ninguna responsabilidad por la exactitud de la información fiscal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.